
9 Jun 2021 | Destacado
Ley entrevista videograbada
Regula entrevistas grabadas en video y, otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos sexuales.
La Ley tiene por propósito evitar toda consecuencia negativa que puedan sufrir los niños, niñas y adolescentes con ocasión de su interacción, en calidad de víctimas, con las personas o instituciones que intervienen en las etapas de denuncia, investigación y juzgamiento de los delitos señalados en esta norma legal, previniendo con ello el proceso de victimización secundaria.
Para los efectos contemplados en esta ley, se considera niño o niña a toda persona menor de catorce años de edad y adolescente a todos los que hayan cumplido catorce años y no hayan alcanzado la mayoría de edad. Atendiendo a la categoría de delitos en que cobra aplicación la norma, quedan comprendidos los delitos sexuales, trata y tráfico de personas, secuestro y sustracción de niños, niñas y adolescentes, delitos violentos y robos.
La protección de la ley se extiende a las etapas de denuncia, investigación y juzgamiento, quedando sometidos estas instancias a los principios de Interés superior, autonomía progresiva, participación voluntaria, prevención de la victimización secundaria, asistencia oportuna y tramitación preferente, y por último, el resguardo de su dignidad.
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